INTRODUCCIÓN

Ecuador, al ser un país dolarizado, requiere contar con el ingreso de dólares provenientes de la inversión de empresas privadas, tanto nacionales como aquellas provenientes del exterior, para lo cual requiere
establecer estrategias de atracción de inversiones que establezcan remisiones y exenciones, en forma de incentivos y beneficios tributarios, en un marco de estabilidad y equilibrio fiscal.

Si bien es cierto, Ecuador cuenta con un Código Orgánico Tributario y una Ley Orgánica de Régimen Tributario, con su respectivo reglamento, también es cierto que Ecuador ha tenido y tiene normativas tributarias sobre beneficios e incentivos tributarios, contenidas y dispersas en otras leyes, tales como:

  •  Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones;
  • Ley de Incentivos para el Fomento de Alianzas Público Privadas
  • Ley Orgánica de Remisión de Intereses, Multas y Recargos Tributarios sobre Impuestos Nacionales
  • Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal;
  • Ley de Incentivos para el Sector Productivo;
  • Código Orgánico de Economía Social del Conocimiento

 

Este Marco legal productivo y de inversiones, al otorgar beneficios e incentivos tributarios, ocasionará un gasto tributario al Ecuador, por lo que las nuevas inversiones tienen que estar dirigidas a la actividad productiva, en lugares y en sectores priorizados que generen empleo neto y que tengan, realmente, un impacto social positivo.

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